En consecuencia, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano DECRETA: Ciento Veinte Días como plazo prudencial, a los fines que el Representante del Ministerio Público que conoce la causa concluya la investigación, presentando la respectiva acusación o solicitando el correspondiente sobreseimiento. Y así se decide. . Cúmplase.