Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa seguido al ciudadano OMISIS, en investigación iniciada por la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES GRAVES, en perjuicio del ciudadano OMISIS, tipificado en el artículo 416 del Código Penal Venezolano y LESIONES PERSONALES LEVES, tipificado en el artículo 415 ejusdem, en agravio de OMISIS; por no existir suficientes elementos de convicción que comprometan su responsabilidad; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 561 Literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia se da por concluido el proceso. Notifíq.....