Primero: según se evidencia de las presentes actuaciones en fecha 18/02/2008, habiéndose agotado la orden de localización, se dictó orden de captura en contra del imputado en autos, en virtud de habérsele declarado en rebeldía de conformidad con el artículo 617 de la Ley especial. Siendo ratificada la misma en diversas ocasiones
Segundo: en fecha 10/08/11 se decretó el sobreseimiento definitivo del asunto, ordenándose igualmente dejar sin efecto la orden de captura N° RV11-OFO2008000292 de fecha 18/02/2008, líbrese oficio al C.I.C.P.C. de ésta ciudad solicitando desincorporar del sistema la referida orden de captura ...