REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA. EXTENSIÓN CARUPANO
Circuito Judicial Penal del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Tribunal Penal Segundo de Control Sec. Adolesc.
Carúpano, 26 de Octubre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2005-000252
ASUNTO: RP11-D-2005-000252
Auto acordando dejar sin efecto Orden de aprehensión
Por cuanto en la presente fecha compareció por ante la unidad de alguacilazgo comisión policial de ésta municipio, a los fines de notificar sobre la captura del joven OMISSIS, según boleta de captura N° RV11-OFO2008000292 de fecha 18/02/2008, emitida por éste despacho, éste tribunal observando:
Primero: según se evidencia de las presentes actuaciones en fecha 18/02/2008, habiéndose agotado la orden de localización, se dictó orden de captura en contra del imputado en autos, en virtud de habérsele declarado en rebeldía de conformidad con el artículo 617 de la Ley especial. Siendo ratificada la misma en diversas ocasiones
Segundo: en fecha 10/08/11 se decretó el sobreseimiento definitivo del asunto, ordenándose igualmente dejar sin efecto la orden de captura N° RV11-OFO2008000292 de fecha 18/02/2008, líbrese oficio al C.I.C.P.C. de ésta ciudad solicitando desincorporar del sistema la referida orden de captura, sin embargo, de la revisión del presente asunto se puede observar que la oficina de tramitación penal obvió librar el oficio correspondiente.
En atención a lo anteriormente expuesto: se ordena la libertad del OMISSIS, mediante oficio remitido al Ciudadano Comandante de Policía de esta misma Ciudad. Así mismo librar oficio al Cuerpo de Investigaciones científicas, penales y Criminalisticas ordenando el retiro del sistema de SIPOL de la boleta ° RV11-OFO2008000292, dictada por este juzgado en fecha 18/02/2008. Notifíquese a las partes. Cúmplase
LA JUEZA SEGUNDA DE CONTROL
LA SECRETARIA
ABG. Marisandra Cañizares G.
ABG. Doris Malavé