Ahora bien, habiendo transcurrido más de Un (01) año, desde el decreto de sobreseimiento provisional en el presente asunto, es procedente el Sobreseimiento definitivo de conformidad con el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Y Así se decide.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Ext. Carúpano, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente: OMISSIS; a quien se le inició investigación en fecha 08 de noviembre de 2007, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra las Personas, como lo es el de: Homicidio Intencional, tipificado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida fuere el ciudadano: OMISSIS, todo de conformidad con el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adol.....