Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; previa solicitud de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de este Circunscripción Judicial, en este estado del proceso y sin perjuicio de que se revise lo ordenado una vez aprehendido el investigado y por estimarse que concurren los extremos exigidos en los artículos 250, 251 numerales 2° y 3° y Parágrafo Primero del Código Orgánico Procesal Penal, por aplicación del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo establecido en el artículo 628, Parágrafo Segundo, Literal "A" ejusdem; AUTORIZA LA APREHENSION contra el adolescente "OMISIS", por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS, como lo es el deli.....