este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve; PRIMERO: DECRETA la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del adolescente OMISSI de conformidad con lo establecido en el articulo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Se Acuerdan las copias solicitadas por las partes y se insta a las mismas a obtener, la reproducción fotostática correspondiente. Por cuanto actualmente el referido adolescente se encuentra detenido, se ordena su inmediata libertad desde la sede de esta Sala de Audiencias, en tal sentido se ordena Librar Boleta De Libertad, adjunto oficio a la Guardia Nacional, Comando Regional, Destacamento 78, Tercera Compañía, Primer Pelotón, Guiria, con sede en Sabana de Pío, Municipio Valdez, El texto integro de la presente decisión correrá inserto a los folios siguientes......