DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve:
PRIMERO: SE DECRETA LA APREHENSIÓN FLAGRANTE, Y LA CONTINUACIÓN DEL PROCESO POR LA VÍA ORDINARIA, en la causa seguida a los adolescentes "OMISIS", todo de conformidad con lo establecido en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, por mandato del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: SE DECRETA LA DETENCIÓN PARA ASEGURAR LA COMPARECENCIA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR contra los adolescentes "OMISIS", arriba identificados, por estimarlos presuntamente incursos en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, contemplado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano vigente en perjuicio del ciudadano REUTILIO CELESTINO SANTAMARÍA GONZÁLEZ.
TERCERO: SE NIEGA LA SOLICITUD .....