Este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: SE DECRETA LA DETENCIÓN FLAGRANTE del adolescente "OMISIS"; de conformidad con lo dispuesto en el articulo 248 de Código Orgánico Procesal Penal, por mandato del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y se ordena la continuación del procedimiento por la vía ordinaria.
SEGUNDO: SE DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al adolescente "OMISIS", ya identificado, debiendo cumplir con régimen presentaciones CADA OCHO (08) DÍAS a partir de esta fecha por el lapso de CUATRO (04) MESES ante EL Juzgado del Municipio Valdez del Estado Sucre, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 582 Literal "C" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, por estimarlo presunt.....