Este Juzgado DECLARA CON LUGAR la solicitud de Destrucción de la Droga a pedimento de la Vindicta Publica, consistente en la siguiente muestra: Siete Gramos con Cuatrocientos Quince Miligramos (8gs con 415mgs), de Cocaína base Tipo Crack y Tres Gramos con Ochocientos Setenta Miligramos, (3gs con 870 mgs); la cual deberá ser destruida por la vía de Incineración, una vez transcurrido los 30 días que estipula la Ley de haber recibido la respectiva notificación del órgano con competencia en Materia de Drogas, Medicamentos y Cosméticos del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, todo de conformidad con el artículo 193 de la Ley Orgánica de Drogas.- Líbrese la notificación respectiva al Ministerio de Salud y Desarrollo Social a objeto de que este solicite la totalidad o parte de la sustancia incautada con fines terapéuticos o de investigación, indicándosele la cantidad, clase, calidad y nombre de dicha sustancia, y por cuanto el asunto principal fue sobreseído en su oportunidad, se orden.....