En atención a lo anteriormente expuesto Este Tribunal actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara
Primero: Con lugar la solicitud de calificación de la aprehensión en flagrancia del adolescente:, antes identificado, y la prosecución del proceso por el procedimiento ordinario ya que existen otras actuaciones que realizar.
Segundo: Con lugar la solicitud de Detención para Asegurar su Comparecencia prevista en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, el adolescente:, antes identificado, en consecuencia, líbrese boleta de Detención y remítase mediante oficio al Comando de Policía de ésa ciudad.
Tercero: Con lugar la solicitud de evaluación psico-social al adolescente, en consecuencia, Líbrese oficio al personal técnico adscrito a ésta ciudad. Ordenándose trasladar al adolescente el día miércoles 06 de Agosto del 2.008 a los fines de que sea evaluado por dicho personal.
Cuarto: Con lugar la solicitud de copias simpl.....