Por todo lo expuesto, este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL ejercida contra quien en vida fuere Adolescente y respondiere al nombre de OMISSIS; contra quien fuere instruido proceso penal en la investigación relacionada con la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, tipificado en el artículo 406 Numeral 1º, en concordancia con el artículo 83, ambos del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Ciudadano JUSTO ANTONIO NORIEGA MALAVÉ, (OCCISO); a tenor de lo contemplado en el artículo 49.1 en relación con el artículo 300 Ordinal 1, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la presente causa seguida contra quien en vida fuer.....