Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda: Librar Boleta de Libertad Plena y los Oficios correspondientes a favor del ciudadano Jorge Oneidi Obando Obando, venezolano, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agricultor, nacido el 02-05-82, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.957.353, hijo de José J Obando Mata y Juana del Carmen Obando, con domicilio San Juan de Tunapuicito, Calle 03, casa S/N, al lado de la casa del comisario, Municipio Benítez del Estado Sucre; fue condenado a cumplir la pena de Dos (2) años, y Ocho (8) meses de prisión, por la comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el tercero y último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Cons.....