Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479 ordinal 2°, 482 y 484, del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 88 y 97 ambos del Código Penal, Acumula las Penas Impuestas al ciudadano Carlos Javier García Lugo, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.061.870, nacido en fecha 04-06-1982, natural de Río Caribe, Estado Sucre, de profesión u oficio pescador, hijo de Antonio García y Carmen Trinidad Lugo, residenciado en la Calle La Esperanza del sector olivito, casa s/n, cerca del Estadium, El Morro, Municipio Arismendi del Estado Sucre, en las causas RP11-P-2007-004170 y RP11-P-2013-001862, quedando a cumplir la pena de CUATRO.....