Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ABSUELVE al acusado SANTOS ANTONIO BELONIS, venezolano, de 43 años de edad, cédula de identidad número V-5.912.266, agricultor, residenciado en Río Seco de Irapa, Municipio Mariño, del Estado Sucre, hijo de Federico Ugas y Gregoria Belonis de los delitos de Violación Agravada en Grado de Tentativa, previsto y sancionado en el artículo 376 en relación con el artículo 375 ordinal 1° ambos del Código Penal en concordancia con el artículo 80 ejusdem, en perjuicio de la niña Nancy del Carmen Farías Trillo y del delito de Violación Agravada Continuada, previsto y sancionado en el artículo 375 en concordancia con el 376 ambos del Código Penal en relación con el artículo 99 ejusdem, en perjuicio de la adoslecente Maria Aleja.....