este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide PRIMERO: Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a favor de los ciudadanos JULIO CESAR MATA, WINTTER ANTONIO ESCALONA MIERES Y FELIX WLADIMIR SUNIAGA HERNANDEZ, de las establecidas en el artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada treinta (30) días por ante la unidad del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: CONDENA a los acusados JULIO CESAR MATA, venezolano, natural Rió Caribe, de 33 años de edad, nacido en fecha: 30/07/79, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nº 18.413.794 de profesión u oficio pescador, hijo de Pablo Figueroa Farfan y Madre Fallecida, residenciado en Chaguarama de Sotillo, Municipio Arismendi, Via Puy Puy, Estado Sucre, WINTTER ANTONIO ESCALONA MIERES venezolano, natu.....