Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Primero: DECRETA LA PRÓRROGA LEGAL contenida en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal por UN (01) AÑO, A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA, solicitada por la Fiscal del Ministerio Público.- Segundo: MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD impuesta en fecha 25 de Noviembre de 2014 por el Juzgado Primero de Control al acusado JOSE ANGEL LEZAMA MANEIRO, quien es Venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 01/08/1993, soltero, de oficio obrero, C.I. V-21.380.322, residenciado en el Playa Grande, sector Virgen del valle, calle 04, casa s/n, parroquía Bolívar, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406, ordinal 1º .....