Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA, la solicitud REVISION DE MEDIDA DE COERCION PERSONAL realizada por la defensa pública penal 01, a favor de su representado FRANK YSRRAEL ALCALA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, natural de Carúpano, titular e la Cédula de Identidad Número V- 17.780.080, soltero, de 27 años de edad, de profesión y oficio obrero, hijo de Magalys Alcalá y Marino Tineo, y residenciada en el sector el Lirio calle Nº 04 casa Nº 230, Carúpano, Estado Sucre, asi como a sus concausas, ello por estar incursos en la presunta comisión de los delitos HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN EJECUCION DE UN ROBO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 2 del Código Penal, en perjuicio de PEDRO CLEMENTE BECERRA FERMIN, ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal e.....