este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al acusado Ronny Antonio García, de nacionalidad venezolano, natural de Guiria Municipio Valdez, Estado Sucre, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, nacida en fecha 24-07-1989, titular de la cédula de identidad Nº 20.564.851, residenciado en: Avenida San Antonio cruce con avenida miranda, Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley, por los delitos de Homicidio Intencional Calificado en Grado de Complicidad, previsto y sancionado en el articulo 406, ordinal 1; en relación con el articulo 84 numeral 1 del Código Penal, y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y a los acusados Carlo.....