Es por los razonamientos que anteceden, por que éste Tribunal Segundo de Juicio , REVOCA, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de Régimen de Presentaciones, que le impusiera el Tribunal Cuarto de Control de éste Circuito Judicial Penal, al acusado de autos, por cuanto el mismo ha incumplido, de manera reiterada e injustificada, a las presentaciones de cada quince días por ante la Unidad del Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal, y hasta la celebración del juicio oral y público, en consecuencia, éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre ¿Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda, LA APREHENSION, del acusado ANDRI JOSE HERNANDEZ AGUILERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n°18.592.864, nacido el 22-11-82, residenciado en Playa Grande, calle principal, casa n° 39, Carúpano, Estado Sucre. La presente es dictada de conformidad con .....