Este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Juicio Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE PRIMERO: En atención al Principio de Unidad del Proceso, acorde con lo establecido en el artículo 76 ejusdem, este Tribunal acuerda la ACUMULACION DE CAUSAS. Por ende, se ordena acumular la causa penal distinguida con el N° RJ11-P-20015-00024; acumularla a la causa principal bajo el N° RP11-P-20015-000976; para conocer de las acusaciones formuladas debiéndose acumular la causa más reciente a la más antigua, es decir se acumula la división de la continencia bajo la nomenclatura N° RJ11-P-2015-000024; seguida en contra del acusado: SIMON BELTRAN AMIZ HERNANDEZ, por la presunta comisión de los delitos de CONTRABANDO EN GRADO DE COMPLICIDAD; previsto y sancionado en el artículo 62 de la Ley Contra la Corrupción, Y 8.....