Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta la Extinción de la Acción Penal y en consecuencia el Sobreseimiento de la presente causa, a favor de la ciudadana SILVIA E GONZALEZ LOERO, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 5.880.625, domiciliada en Canchunchu Viejo, Avenida Principal, casa n° 2, Carúpano , Municipio Bermúdez del Estado Sucre. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 108 ordinal 5° del Código Penal, en concordancia con el artículo 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal y el articulo 318 ordinal 3° ejusdem.