Revisada como ha sido la presente causa, seguida contra los acusados, Eduar Alexander Fuentes Díaz, Jhonny José Farías González, y Luis Fernando Moya Moya; por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Graves, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano José Gregorio Villarroel; cuyo conocimiento corresponde al Tribunal Segundo de Juicio por mi representado; por haber recientemente tomado posesión de éste; en virtud del proceso de rotaciones anuales; he podido constatar, que la referida causa estuvo sometida a mi conocimiento, durante la fase Intermedia del proceso; ya que para la época de la celebración de la Audiencia Preliminar, me desempeñaba como Juez Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, y fui la Juez que celebró la Audiencia Preliminar, Ordenando la Apertura del Juicio Oral y Publico, contra los acusados Eduar Alexander Fuentes Díaz, Jhonny José Farías González, y Luis Fernando Moya Moya; por la presunta co.....