Por los razonamiento antes explanados, éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA, la sustitución de la medida solicitada por el Defensor Público Penal, a favor del ciudadano CESAR AUGUSTO VILLAROEL, ya identificado en las actas procesales. Notifíquense a las partes de la presente decisión..