Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, NIEGA LA SOLICITUD DE LA DEFENSA PUBLICA, de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad para el acusado: REGULO ALEXANDER FLORES ESPAÑA, venezolano, nacido en Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Número V- 13.348.630, mayor de edad, nacido en fecha 30/03/1978, soltero, residenciado en el Sector Nueva Guiria Calle 04 casa 05 Páez, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, a quien se le sigue por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales 3, 4 y 6 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana DANIELA MERCEDES ACOSTA IRAIZA, el delito de LESIONES BASICAS, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal Venezolano, en perjuicio JOSE RAMON VELASQUEZ .....