Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Segundo de Juicio, constituido con Escabinos, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por unanimidad de todos sus miembros, ABSUELVE a los ciudadanos JOSE RAFAEL EJEDES BERMUDEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N°: 11.440.531, nacido en fecha 29-12-72, residenciado en la calle El Calvario N ° 117, Carúpano del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, hijo de José Ejedes y Albina Bermúdez, y LUIS ALBERTO VELASQUEZ VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, indocumentado , hijo de Pedro Rivera y Yamarys Velásquez , soltero, natural de ésta ciudad, nacido en fecha 28-11-82, domiciliado en la calle El Calvario N° 196 de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de los delitos de ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES GRAVES Y HURTO CALIFICADO, previstos y sancionados e.....