éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre-Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,acuerda LA APREHENSION de los acusados ADRIAN JOSE CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, de 23 años, profesión obrero, titular de la cédula de identidad no porta, y domiciliado en Puerto La Cruz, Sector Pozuelo, casa número 15, Estado Anzoátegui, y RICHARD JOSE SANDOVAL, venezolano,, mayor de edad, 26 años, oficio caletero en el mercado , titular de la cédula de identidad número14.856.694, domiciliado en Canchunchú viejo, calle Carúpano, casa número 22, Carúpano, Estado Sucre. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 262 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense los correspondientes oficios al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Seccional Carúpano y Seccional Pto La Cruz Región Anzoátegui.Notifíquese a las partes de lo aquí decidido .
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