este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, DECLARA IMPROCEDENTE, la sustitución de la Medida Privativa de Libertad, solicitada por la defensora Publica penal, en el asunto seguido al acusado. Ciudadano: LUIS ENRIQUE MARQUEZ, (identificados en actas) por encontrarlo incurso en la presunta comisión del delito de Trafico Ilícito de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 244 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal y así se decide.