Por todos los razonamientos anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Niega la medida cautelar Sustitutiva de Libertad solicitada por el defensor Privado, al acusado JHONNY JOSE ACOSTA ACOSTA, plenamente identificado en actas procesales, Notifíquese a las partes.
La Juez Segundo de Juicio
El Secretario
Abg. Yolanda Figueroa Lozada
Abg. Douglas Rivero.