DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso y establece como condiciones a cumplir por el ciudadano YORTIN JOSÉ GIL, venezolano, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, nacido el 09-02-1981, titular de la Cédula de Identidad N° 15.596.458, hijo de Rosa Gil y padre desconocido y domiciliado en Guiria, sector Río Salado, calle Miranda, casa s/n, cerca de la escuela, Municipio Valdez del Estado Sucre, en la causa penal que se le sigue en su contra por la comisión del delito de EXTRACCIÓN ILÍCITA DE MATERIALES, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Penal del Ambiente; durante el plazo de Un (01) año, las siguientes: PRIMERO: Presentaciones periódicas cada sesenta (60) días por .....