DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA la extinción de la acción penal a favor del imputado ALFONZO ANTONIO RIGUAL REYES, venezolano, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido el 11/12/1979, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.842.578, hijo de Héctor Rigual y Deisy Del Valle Reyes, y domiciliado en el Silencio, vía San José, Casa S/N, al frente de Premezclados Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Marcano Carreño, y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el articulo 45, 47 ordinal 7º y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, .....