Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, se Declara Incompetente para conocer del presente asunto signado con el N° RP11-P-2009-001776, seguido a la ciudadana DAMELIS PETRICA CARRIÓN SARABIA, venezolana, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 50 años de edad, soltera, profesión u oficio Arquitecto, residenciada en la Calle El Aeropuerto, Quinta Paraguachi, frente al Parque Karupana, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y portadora de la cédula de identidad N° V-5.861.156, en su carácter de Representante de la Sociedad Mercantil Tierra de Gracia Mantenimientos C.A, por la presunta comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos CARROLL CARABALLO, OSCAR CEDEÑO, CARMEN CENTENO, AMERICO GARCÍA, DORIS GONZÁLEZ, LUIS ALBERTO HERNANDEZ, SUILIO FORTUNATO HERN.....