este Tribunal Cuarto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se Admite Totalmente la ACUSACIÓN FISCAL, presentada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público en contra del imputado JAVIER EMIRO PINEDA, venezolano, de 33 años de edad, nacido en fecha 11-05-1975, titular de la Cédula de Identidad N° 11.864.896, de profesión u oficio mecánico, hijo de Petronila Pineda y Luis Emiro Polanco, domiciliado en la Iglesia Libre Nueva Vida en Cristo, ubicada en la Meca II y en la Av. Principal Pajicito, calle principal, casa Nº 40-51, cerca de la esquina del Patón, Maracaibo, Estado Zulia, por hallarse presuntamente incurso en la Comisión del delito de delito de HURTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 1 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio de la ciudadana Saiddys Elena Bermúdez Coa; por desprenderse de las actas procesales,.....