Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 4, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley MATERIALIZA LA ORDEN DE APREHENSIÓN Y DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado: ROBERT JOSE SOTILLO; Venezolano, Titular de la cedula de Identidad. Nª 17.318.837, de 37 años de edad, Nacido en fecha 08-11-1.980, soltero, de profesion u oficio indefinida, residenciado en la calle principal del caserio las piedras de soro, casa S/N, parroquia Soro. Municipio Mariño. Estado Sucre, por encontrarlo incurso en la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 374 numerales 1 y 4 del Codigo Penal, en perjuicio de la adolescente "Omisis", con el agravante del artículo del 217 de la LOPNNA, de conformidad con lo establecido en los Artículos.....