Por los razonamientos antes expuestos, el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, ACUERDA la DECLINATORIA DE COMPETENCIA al Ciudadano JOSÉ GREGORIO AZOCAR GONZÁLEZ, venezolano, de 25 años de edad, nacido en fecha 22/10/1991, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-22.570.512, de oficio obrero, hijo de Jose Gregorio Azocar y Nivea Ramona Gonzalez, residenciado Margarita, en el Sector el tirano, calle el estudiante. Casa s/n, Municipio Antoni del Cám. Del Estado Nueva Esparta, hasta el TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN BARCELONA, ESTADO ANZOÁTEGUI. Líbrese oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de esta ciudad, a los fines de que se sirvan realizar el referido traslado, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 del Código orgánico proc.....