Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD BAJO LA MODALIDAD DE FIANZA, en contra del Ciudadano DAVID JESUS SANTAMARIA LEON , venezolano, nacido en Carúpano, Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Número V-18.585.202, de 32 años de edad, nacido en fecha 21/11/1983, soltero, hijo de Víctor Santamaría y Neisi León, pescador, residenciado en Sector El Alto, casa Nº 04, cerca del puente, Yoco, Municipio, Municipio Valdez del estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 Numeral 7 del código penal, en perjuicio de LUIS ALBERTO BONALDY SANTIAGO, por lo que DEBERÁ PRESENTAR DOS FIADORES DE RECONOCIDA SOLVENCIA MORAL QUE DEBERÁN DEVENGAR UN SALARIO IGUAL O SUPERIOR A LAS CINCUENTA (50).....