Por cuanto el imputado manifestó a viva voz no querer acogerse al procedimiento por Admisión de los Hechos; éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido al ciudadano Dhanasar Persad, quien es de nacionalidad trinitaria, de 45 años, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, pasaporte Nº TA169641, nacido en fecha 06-03-65, de 34 años de edad, hijo de Ana Persad Dhanasar y Balbal Persad; y domiciliado en: Nueva Guiria, Casa N° 4, (frente a la Escuela) del Municipio Valdez, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el encabezamiento y último aparte del a.....