en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la presente causa, seguida en contra de DOMINGO ANTONIO REYES BARRETO, ALFREDO ALEJANDRO MORILLO FIGUERA Y FRANCISCO JOSE ZERPA SUBERO, por uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 3 DE LA LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, en perjuicio de Personas Desconocidas, en virtud de que el hecho investigado no puede ser atribuido a los imputados, ya que de la revisión de las actas no existen bases para el enjuiciamiento de los mismos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la presente decisión, remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida opo.....