Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley RATIFICA la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de fecha 16/06/2010, en contra del imputado Marcano Urbaez Marcos Antonio, apodado el Marquito, C.I 14.422.004, nacido en 05-06-1979, natural de Carúpano, de profesión u oficio Pescador hijo de Marcos Marcano y Evaristo Urbaez, y residenciado en el Sector 02, Vereda N° 18, Casa N° 04, Carúpano del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, establecido en su encabezamiento y último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad; y APROVECHAMIENT.....