Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD EN LA MODALIDAD DE FIANZA al Imputado: JOSE ENRIQUE RAMIREZ DIAZ, venezolano, nacido en Margarita, Estado Nueva Esparta, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.641.556 cédula, de 20 años de edad, nacido en fecha 15-06-1993, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de Mary Díaz y Pedro Julio Ramirez, residenciado en Oriente, Sector Nicaragua, cerca de la bodega de carmen, Municipio Cajigal, Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión de el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho De La Mujer A Una Vida Libre De Violencia, en perjuicio de CARMEN ELENA CONTRERAS, y por estar presuntamente incurso en la comisión de el delito de USO DE FAS.....