Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Publico en el presente asunto seguido a los ciudadanos: HOZKAR HERNAN VILLARROEL GONZALEZ, venezolano, natural de Caracas, de 33 años de edad, nacido en fecha 18-10-1.978, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 13.294.462, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Hernán Villarroel y Rosalía Cristina González de Villarroel, residenciado en: Calle Bolívar deTunapuy, casa S/N, al lado de la casa de la cultura, Municipio Libertador, Estado Sucre, y LILIBETH COROMOTO GUZMAN APARCEDO, venezolana, natural de Guarenas Estado Miranda, de 32 años de edad, nacida en fecha 21-02-1.979, estado civil soltera, titular de la cédula de id.....