Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Se DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos DAVID RODRÍGUEZ Y CARLOS LÓPEZ ALCEDO, por la comisión del delito de POSESIÓN ILICÍTA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, conforme a lo establecido en el articulo 48 ordinal 7 y 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo y vista la solicitud de la defensa, se ordena librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a los fines de actualizar los registros policiales que se devinieron de la acción. Queda notificados los presentes de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.
LA JUEZA CUARTA.....