este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Caución Económica, por la Caución Juratoria, al ciudadano Luís José Díaz Martínez, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.025.682, nacido en fecha 25-10-1971, de 41 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, hijo de Esteban Díaz y Jovita Martínez, y residenciado en Guiria de La Playa, Sector Vista Alegre, Calle Principal, Casa S/N, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado; por la presunta comisión de los delitos de: Violencia Psicológica, Acoso u Hostigamiento y Amenaza, previstos y sancionados en los artículos 39, 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Li.....