por lo que el Tribunal, homologa dicho acuerdo; razón por la cual de conformidad con lo preceptuado en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48, ordinal 6to, eiusdem, declara la extinción de la acción penal, a favor del ciudadano Gilberto José Arcia Salcedo, y en consecuencia Decreta el Sobreseimiento en el presente asunto, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 31|8, ordinal 3ro, del Código Orgánico Procesal Penal, líbrese boleta de libertad, remítase el presente asunto al Tribunal de Ejecución correspondiente en la oportunidad legal. Cúmplase, Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.
El Juez Segundo de Control,
Abg. RAMON JOSE PONCE