DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de la José Gregorio Morales, venezolano, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20,074.898, de estado civil soltero, nacido en fecha 11-04-1987, de Profesión albañil, hijo de Amarilis Morales y Miguel Vásquez, residenciado en el Callejón colombina , calle Ayacucho, casa n° 09, Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito: Distribución ILÍCITA DE SUSTANCIAS Y ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado en el articulo 31 en su tercer y Ultimo aparte, de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad. Se decreta la aprehensión en flagrancia de conformidad con .....