DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, bajo Caución Económica, respecto del imputado Wilfredo Alberto Coll Jiménez, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.592.243, de 24 años de edad, nacido en fecha 08-11-84, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Agustín Juvenal Coll y Aura Francisca Jiménez, y domiciliado en el Sector la Variante de el Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre; debiendo el imputado cumplir con la obligación de presentarse de cada treinta (30) días por el lapso de seis (06) meses por ante la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 256, numerales 3 y 8; 257 y 258, todos del Código Orgánico Procesal Penal. En tal sentido, lí.....