DISPOSITIVA
Visto lo anteriormente expuesto este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y de la Ley, acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano: TOMAS MANUEL MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NC 18.916.088, oficio: agricultor, domiciliado en: Zorro de Nueva Colombia, Municipio Andrés Mata, Calle Principal, Casa s/n, cerca de la escuela, de las previstas en los artículos 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, con presentaciones periódicas por 15 días durante 6 meses por ante el módulo policial de Río Casanay, Estado Sucre, por la presenta comisión del delito de: Contar la Cosa Pública, artículo 219 del Código Penal, se acuerda la solicitud planteada por la Defensa y se insta a la ciudadana: Fiscal que practique a la brevedad posible examen médico forense tomando la previsión del caso líbrense las boletas respectivas. Así se decide; cúmplase.-
Tribunal Segundo de Control
Abg. Abelardo Rafael R.....