Por todo los razonamientos de hecho y de Derechos anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo previsto en el articulo 243 en relación con los articulo 253 y 256 ordinal 3° y 4° del Código Orgánico procesal Penal, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de presentación periódica cada quince (15) días por el lapso de seis (6) meses contados a partir de la presente fecha ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal Extensión, a la ciudadana JESIRIS DE LOS ANGELES GÓMEZ NARVÁEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-16.719.200, fecha de nacimiento 26-07-1982, de 22 años de edad, domiciliada Al comienzo de la Calle Principal de San Martín, casa nro. 155, cerca del ambulatorio, Carúpano Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Pos.....