en nombre de la República y por autoridad de ley, Decreta Medida Cautelar sustitutiva a la Privación de Libertad, a favor de los imputados: 1) Luis Felipe Fuentes, titular de la cédula de identidad No.V-5.901,525, 2) Nicasio Fuentes, titular de la cédula de identidad número: V-5.109.019; Ángel Custodio González, titular de la cédula de identidad No. V-1.509.101; José Guevara, titular de la cédula de identidad número: V-8.385.083 y Rodolfo Velásquez, titular de la cédula de identidad No. V-12.557.921. todo de conformidad con lo preceptuado en el artículo 256, ordinal tercero del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Contrabando de Combustible, en perjuicio del Estado Venezolano; así mismo se insta al Ministerio Público a proseguir con las investigaciones respectivas, se acuerdan las copias simples solicitadas tanto por la Fiscalía como por la Defensa Pública. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
El Juez Segundo de Control
Abg. Ramón José Ponce
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