Por todas las razones aducidas anteriormente, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de Ley, ACUERDA: Otorgar Medida de Protección tanto a quien aparece como víctima, ciudadana: Nerys José Caraballo, junto a su núcleo familiar residenciado en: sector zona nueva del Morro de Puerto Santo, casa número 43, Municipio Arismendi, del Estado Sucre, como a su núcleo familiar, a fin de garantizarles sus integridades físicas y emocionales; en consecuencia se exhorta al Comandante de la Policía del Municipio Arismendi, (IAPES) para que ordene a los funcionarios adscritos a la zona donde reside la víctima, que efectúen RONDAS POLICIALES consecutivas durante el día y la noche, alrededor de la vivienda donde habita la víctima y su núcleo familiar. Líbrese Oficio al Comandante de Policía de esta ciudad (IAPES) de la presente decisión. Se acuerda notificar a la Fiscalía Superi.....